domingo, 19 de diciembre de 2010

Proyecto de Ley de Víctimas: un monstruo de mil cabezas vestido de seda


Con traiciones, disgustos y maromas, la Plenaria de la Cámara de Representantes aprobó el proyecto de Ley de Víctimas

«Termine como termine, esta guerra ya la hemos ganado contra ustedes; no quedará ninguno para dar testimonio, pero incluso si algunos se salvaran, el mundo no les creerá. Podrá haber sospechas, discusiones, investigaciones realizadas por historiadores, pero no habrá certezas, porque al destruirlos a ustedes destruiremos las pruebas. E incluso si algunas subsistieran y si algunos de ustedes sobrevivieran, la gente dirá que los hechos que cuentan son demasiado monstruosos para ser creídos».
Palabras que los SS dijeron a Simone Wiesenthal y a otros al llegar al campo de exterminio nazi. “Los hundidos y los salvados”
Primo Levi

El debate realizado en la plenaria de la Cámara de Representantes a través del cual se logró la aprobación del Proyecto de Ley de Víctimas, dejó la tremenda sensación de que Colombia aún naufraga sin rumbo en el mar de las mezquindades de su propia dirigencia política que imposibilitada para negar los evidentes y elevados costos de la guerra, pretende convertir a las víctimas en objetivo de lucro político y financiero. El alarde de algunos parlamentarios de esa decadencia histórica en medio de una discusión en la que hasta lo esencial se hace controvertible, permite entender cuán lejos está el país de configurarse en un genuino Estado Social de Derecho.

La mañana del pasado 13 de diciembre no se había iniciado aún el debate de ley de Víctimas con su transmisión en directo a todo el país, cuando ya se hacía evidente la falta de voluntad política de la mayoría de parlamentarios para dar trámite limpio a esta iniciativa. Decenas de comentarios y prevenciones recorrían los pasillos del Capitolio Nacional. Que no hay dinero, decían unos haciendo oídos sordos a la voz del ministro de Hacienda, quien en reiteradas oportunidades había explicado de dónde provendrían buena parte de los recursos; que hay muchos impedimentos, que no hay claridad sobre el tema, que no sabemos cuántas víctimas son y dónde están. Se anunciaba así un álgido debate.

La plenaria arrancó pasado el medio día con el llamado del representante Prada a replantear los impedimentos presentados la semana anterior. Recordó que éstos mismos fueron objetados en el debate de la Comisión Primera y que el Consejo de Estado sostuvo que la existencia de vínculos familiares con víctimas por parte de los legisladores, incluso así ellos hubieren sido objeto directo de algún tipo de violación a los derechos humanos, no se constituía en impedimento para participar en el trámite de esta iniciativa.

El representante del partido oficialista de la U, Jairo Ortega, defendió la aprobación de los impedimentos y pidió, para poder actuar con lo que él llama responsabilidad, que se dijera con precisión dónde están todas las víctimas de la violencia, cuántos son y cuánto le cuesta al Estado su reparación.
Las argumentaciones de Prada no bastaron para producir el replanteamiento anhelado: con 72 votos en contra y 14 a favor, a los que sumaron cinco nuevos impedimentos, fueron aprobados en su totalidad. De este modo, cerca de 30 parlamentarios se excluyeron del debate.

Era claro entonces que varios legisladores incapaces de negar de manera frontal la aprobación del proyecto, quizás con el interés encubierto de mantener una relación conveniente con el Gobierno Nacional, habían optado por declararse impedidos ahorrándose una confrontación abierta y sincera. Aunque no se esgrimieron razones políticas de fondo, tampoco hacía falta que lo hicieran, era sencillo suponer que detrás de esa pobre exposición de argumentaciones, se ocultaban otros intereses. Era la misma sensación que producía escuchar las constantes intervenciones de un representante de apellido Salazar, digno representante del PIN, quien solicitó que el debate fuera aplazado en tanto no se conocieran los costos reales que para la economía del país tendría la aprobación de la iniciativa.

Otro parlamentario argumentó que la crisis invernal obligaba a que la prioridad fueran las víctimas de los desastres naturales, y que el gobierno no tendría recursos suficientes para atender también a las víctimas de la violencia.

Rivera recordó que el trámite del proyecto culminaría en junio del año entrante y que su aplicación se produciría sólo hasta el 2012; razón por la cual no se afectaría la asignación de recursos para atender a las víctimas del invierno.

Por su parte, el liberal José Joaquín Camelo en tono enfático afirmó: "Para los que preguntan por la plata, les digo que ésta seguramente estará cuando se acaben las gabelas de los empresarios".

El legendario congresista, Telésforo Pedraza fue contundente en su interpretación de los hechos: “Hay dos maneras de oponerse a un proyecto: de frente y con carácter o con sutileza haciendo discursos dilatores”. La hipócrita sutiliza de algunos representantes no logró imponerse, y pese a la fabricación de excusas, todas de pobre diseño creativo, el debate siguió su curso.

Tras la aprobación en bloque del articulado carente de proposiciones se pasó a la revisión de los demás artículos para someter a votación las propuestas presentadas. El parlamentario del PDA, Iván Cepeda Castro, expresó entonces su preocupación frente a la aprobación de los artículos 3, 63 y 153, y ante la decisión de los ponentes de la Unidad Nacional y el gobierno de excluir a las víctimas de hechos de violencia ocurridos antes de 1991.

Días antes, el Gobierno y representantes del Congreso habían acordado que la retroactividad para “el beneficio” de las víctimas de la violencia en el país se haría desde el primero de enero de 1985, con lo cual se incluirán a las víctimas del genocidio contra el partido político UP. En su momento, el representante Cepeda aseguró que aunque la fecha no era la ideal, al menos de esta manera serían reparados los familiares de las víctimas de las masacres de La Rochela, el Tomate y la Mejor Esquina entre otras.

Un congresista liberal, a manera de infidencia, contó que el acuerdo de la fecha se había obtenido en una reunión de negociación previa en la que la bancada oficialista había propuesto el año de 1993, pero que una llamada del ex candidato presidencial del Partido Liberal, Rafael Pardo Rueda al presidente de la República, había hecho posible que se adoptara en conjunto la fecha de 1985.

El acuerdo de cualquier modo se olvido o fue burlado en la plenaria. Nuevamente se planteó el año de 1993 y ante el malestar que ello generó, el ministro Vargas Lleras intervino y se reunió velozmente con los ponentes del proyecto a un lado del salón. Pasados unos minutos se anunció el nuevo convenio: la fecha sería el 1 de enero de 1991.

La violación del acuerdo en el que se definía como fecha para el reconocimiento de las víctimas de la violencia el 1 de enero de 1985, y con lo que seguramente se complacía al ex presidente Uribe, dejaba por fuera a miles de víctimas de decenas de masacres, como las de Toribío (Cauca), Bajadó (Chocó), Otanche (Boyacá), Tacueyó (Cauca), El Castillo (Meta), Candete (Córdoba), Segovia (Antioquia), Valle del Guamuez (Putumayo), Turbo (Antioquia), El Tomate (Córdoba), Los Olivos (Bolívar), La Mejor Esquina (Córdoba), La Rochela (Santander), Río Frío (Valle), Coello (Tolima), Valencia (Córdoba) y San José (Guaviare) entre otras más. Nada de eso importó; el artículo en cuestión fue aprobado y defensores del acuerdo previo, como Rivera, terminaron por aceptarlo.

Con esta decisión, según sostuvo el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado, “en vez de garantizarse herramientas para investigar la responsabilidad del Estado en los acontecimientos que detonaron el incremento exponencial de la muerte, se ha preferido imponer de tajo la verdad oficial como verdad histórica”.

Considerar que las víctimas de la violencia que deben ser objeto de reconocimiento de sus derechos, entre ellos el de la reparación, son sólo las de los últimos 20 años, desconoce parte esencial de la memoria del horror de Colombia y los antecedentes que permitieron el auge del narcoparamilitarismo con la ejecución de actos de sevicia en connivencia con las Fuerzas Militares. Es desconocer que a finales de los 80s se produjo una espiral de violencia con la que se desató la persecución política y la guerra sucia contra el Nuevo Liberalismo, la Unión Patriótica, el Partido comunista y el desmovilizado grupo Esperanza, Paz y Libertad. Es ignorar que entre 1985 y 1993 fueron asesinados 1.163 miembros de la UP y 4 candidatos presidenciales y que en este mismo periodo surgieron nuevas estructuras paramilitares como las Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio, ACMM, comandadas por Ramón Isaza Arango y las Autodenfensas Campesinas de Córdoba y Urabá, ACCU bajo el mando de los hermanos Castaño Gil.

A finales de los 80s se ejecutaron varias de las masacres más crueles de la historia reciente del país; fue cuando más asesinatos selectivos se produjeron y se registró un importante crecimiento de las FARC y de sus actos de guerra contra la población civil. La toma del Palacio de Justicia y la masacre de Tacueyó ocurrieron en noviembre de 1985. En 1986 fue asesinado por la mafia el director de El espectador Guillermo Cano; en 1987 fue asesinado el médico Héctor Abad Gómez y varios galenos salubristas, defensores de derechos humanos, profesores y estudiantes de la Universidad de Antioquia. Ese mismo año fueron desaparecidos por el Ejército Nacional 19 comerciantes en Puerto Boyacá. En 1988 ocurrió la masacre de Currulao y fue asesinado el Procurador General de la Nación, Carlos Mauro Hoyos. En 1989, el narcotraficante Pablo Escobar explotó un avión de Avianca con 101 pasajeros y el 3 de marzo de ese mismo año fue asesinado el dirigente comunista, José Antequera.

La Consultoría para los derechos humanos y la población desplazada, CODHES, registra un promedio de 597.000 personas desplazadas a causa de la violencia entre 1985 y 1992. El banco de datos del CINEP afirma que entre el 1 de enero de 1988 y el 31 de diciembre de 1992 fueron desaparecidas 938 personas a causa de de la violencia política en Colombia.

“Es indignante la propuesta de modificar la fecha, desdice de la vocación de este parlamento” afirmó tajante el representante del PDA Wilson Arias.

En un llamado por la dignidad de las víctimas y en reconocimiento al valor histórico de la memoria de los excluidos, el representante Cepeda citó un aparte de la obra “Los hundidos y los salvados” de Primo Levi con el fin de sensibilizar a los parlamentarios (cita incluida al comienzo de este artículo). Los horrores protagonizados por Colombia a lo largo del siglo XX deben ser recordados y sus víctimas tienen que ser reparadas. Es necesario para emprender la construcción de un nuevo modelo de sociedad.

La lógica del olvido que impulsa al antiguo opresor y la lógica de la justicia que alienta a la víctima es la gran paradoja frente a la impunidad como lo recordó el relator de Naciones Unidas, Louis Joinet en la introducción del “conjunto de principios para la protección y promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad”. No es paradójico entonces, que el siglo XX, plagado de horrores y de actos de barbarie extrema que laceran la conciencia de la humanidad, haya sido también inaugurado con la invención de una ciencia del olvido.

Como contraparte a la búsqueda de esa memoria confiscada, y a la que buena parte del parlamento colombiano se resiste, surgió la instauración del olvido, de un particular olvido en el que la premisa fundamental es vaciar la evidencia para así ubicarnos en un más allá del olvido. Gérard Wajcman, en su libro “El Objeto del siglo”, lo llama el colmo de olvido y lo asocia al negacionismo en su sentido histórico y político. Se trata de “una operación de negación radical cuya noción, nacida para y con las cámaras de gas” definiría un mecanismo específico en el que se juega la suerte de la memoria.

“¿Cómo recordar cuando, además de erigirse en dueños de la vida y la muerte de cada hombre, surge la voluntad de adueñarse también al mismo tiempo, de lo que conforma y conserva el recuerdo de cada hombre? Dueños de los hombres y de la memoria de los hombres buscan aniquilar tanto al hombre como al Otro. Borrar nombres y hombre de la lista de los vivos y borrarlos también de la lista de los muertos. Como si no hubieran existido nunca. Y luego borrar la propia lista, devolver una hoja en blanco, hacer desaparecer la hoja misma, reducirla a cenizas, y luego dispersar estas cenizas y disipar el humo y olor a quemado”

El representante Iván Cepeda recordó que la bancada del PDA formuló numerosas proposiciones al proyecto de Ley y también una clara exposición de motivos que sirvió para la selección de una fecha más amplia a la aprobada para el reconocimiento retroactivo de los derechos de las víctimas.

El PDA ha tenido que flexibizar varias de sus propuestas para poder participar en el debate de Ley de Víctimas. Admitió por ejemplo, que una ley con profundo contenido humanitario fuera sometida al costo fiscal y que las víctimas de despojo fuesen parcialmente resarcidas mediante la restitución de tierras. Sin embargo, aceptar este intento por ocultar la historia reciente del país con la tesis de que el mejor homenaje a la constitución del 91 es dejar por fuera a las víctimas de la violencia de la década de 1980 es inadmisible.

Ante la imposibilidad de hacer valer el acuerdo, y conscientes de su condición de minoría, la bancada del PDA, integrada por los representantes, Wilson Arias, Alba Luz Pinilla, Iván Cepeda y Germán Navas Talero decidieron, en señal de protesta, abandonar la plenaria de la Cámara. Dada la pérfida realidad política que se expresaba en ese momento, era sin duda la opción más decorosa que pudieron haber tomado.

Minutos más tarde, el representante Cepeda, en diálogo con La F.m radio, señaló al ex presidente Uribe de ser el responsable del cambio de la fecha pactada. Afirmó que para nadie es un secreto que el ex presidente siempre estuvo reacio a una reparación universal de las víctimas y por ende tuvo que haber incidido en la forma en que la Cámara fijo la fecha para el inicio de la reparación.

“Para nadie es un secreto, es lo que él (Uribe) ha dicho públicamente, desde la primera etapa de esta discusión y él estaba totalmente reacio a admitir una reparación universal y ambiciosa con relación a las víctimas y durante todo su gobierno lo que hizo fue poner una restricción en el tema de la reparación, la verdad y la justicia”, indicó Cepeda.

Si bien Colombia entiende que la radicación y aprobación de este proyecto de Ley, aunque deja por fuera temas esenciales para la reparación integral de las víctimas de la violencia, es un avance sustancial, y más si se compara con la posición de férreo rechazo del anterior gobierno, si es preocupante que con la aprobación del proyecto, tal como está planteado hasta el momento, se produzca una distorsión de la historia del país, se intente minimizar la actual realidad de violencia, se desconozcan los derechos de miles de víctimas y se imponga una tesis reduccionista sobre los costos de la guerra que termine por promover el olvido y la impunidad.

Rechazo colectivo a la Ley

Diversas organizaciones sociales, como el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado, Movice, y el Comité Permanente por los Derechos Humanos expresaron su inconformidad frente el proyecto aprobado en la Cámara.

“El proyecto de Ley de Víctimas, propuesto como ley de transición, continúa desconociendo los informes y sentencias del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y del Sistema de Naciones Unidas, la jurisprudencia internacional, las sentencias de la Corte Suprema de Justicia y el marco de interpretación sobre derechos de las víctimas de la Corte Constitucional” manifestó en un comunicado público. También advirtió sobre su intención de objetar éticamente los proyectos en trámite y emprender las acciones jurídicas a que haya lugar para garantizar los derechos a la verdad, la justicia, la reparación integral y las garantías de no repetición de todas las víctimas. Llamó a las organizaciones sociales y de derechos humanos para que se movilicen frente a esta decisión a fin de que sea reconsiderada en los debates que deberán darse en el Senado.

“De no producirse un serio viraje durante el trámite de la ley en el Senado, que reconozca integralmente los derechos de las víctimas de crímenes de Estado, esta ley será un nuevo fracaso comparable a la ley 975 de 2005 y una nueva frustración de la pretendida restauración democrática. No será excluyendo y discriminando a las víctimas como se avanzará hacia la paz y la reconciliación nacional” declaró el Departamento de Derechos Humanos del Partido Comunista Colombiano, PCC.

Otros temas objetables

La fecha aprobada para el reconocimiento de las víctimas no fue el único tema objeto de controversia y enfrentamiento entre los parlamentarios de la bancada de Unidad Nacional y la oposición. Las proposiciones presentadas por Iván Cepeda y la bancada del PDA, como las que se referían a los artículos 8vo y 3ro fueron rechazadas generando enorme malestar.

Con esas disposiciones quedaron excluidos del universo de víctimas los combatientes que en estado de rendición sean objeto de algún acto de violencia o sus familiares. Cepeda aclaró que con esta propuesta no se buscaba convertir a los victimarios en víctimas, sino reconocer el principio del DIH. “Un combatiente que se rinde y es asesinado u objeto de torturas, está siendo víctima de una infracción al DIH. Es un principio ético universal”.

El representante Germán Navas Talero advirtió que un artículo aprobado con tan grave exclusión, sería indefectiblemente negado por la Corte. “Aquí al calor de la bancada se despreció el derecho humanitario y se desconoció la existencia de los crímenes de guerra”. Un herido que ha entregado las armas, se ha rendido o está herido debe ser protegido y no ejecutado. Sin embargo, de acuerdo a lo aprobado en la iniciativa, aún cuando ese ex combatiente sea objeto de violaciones a los derechos humanos o sus familiares, ninguno de ellos será reconocido como víctima y no tendrá derecho a reparación alguna. Admitir entonces que aquellos que se alcen en armas contra el Estado o sus familiares pierden su condición de ciudadanos y con ello sus derechos constitucionales, negándoseles la oportunidad de acceder a la justicia cuando han sido víctimas de graves violaciones al DIH y los derechos humanos, es abrir camino a la impune acción criminal y la barbarie; es aceptar la legitimidad de la tortura, la ejecución extrajudicial y la desaparición forzada bajo el pretexto de la lucha contra el terrorismo.

Se habla de víctimas pero se sigue legislando pensando más en los victimarios
Otro aspecto cuestionable de la Ley es que se optó por sustituir la creación de una Comisión de la Verdad o de esclarecimiento histórico, por un “Mecanismo de contribución a la verdad y a la memoria histórica”, con lo que se pretende sacar del limbo jurídico a miles de excombatientes paramilitares. Con ello, en vez de garantizarse los derechos de las víctimas y de la sociedad en su conjunto a conocer toda la verdad sobre lo ocurrido, se pretende elaborar un discurso exculpatorio de las responsabilidades estatales, en el que se fragmenta la historia y se expone la violencia como una sucesión de hechos aislados que no obedecen a ningún plan sistemático de exterminio contra diversas fuerzas sociales. Las causas sociales y políticas del largo conflicto colombiano quedan excluidas de todo análisis, impidiendo en consecuencia la formulación de alternativas de solución que trasciendan la aplicación de paliativos con los que erradamente se ha intentado acabar el mal atacando los síntomas sin atacar la verdadera causa de la infección social que nos devora.

El papel del Estado se diluye como actor responsable en la generación del conflicto por la ejecución de crímenes de sistema, y a través de la implementación de prácticas genocidas contra quienes, desde la acción política o el liderazgo social, han pretendido formular cambios estructurales en la composición y desarrollo del Estado colombiano. “Es quitar a la memoria su potencia, y a las víctimas su verdadero rol como sujetos de cambio y de derecho, ayer y hoy”, concluyó el Movice.

Para el representante Iván Cepeda la batalla para lograr que en Colombia se consagren de manera definitiva los derechos de las víctimas de la violencia no está perdida. Consciente de que el trámite que sigue no será sencillo, y que aun se debe sortear toda suerte de obstáculos, a nombre de la bancada del PDA, afirmó sentirse confiado que en el transcurso del debate en el Senado puedan darse las modificaciones necesarias para lograr una ley ajustada a la jurisprudencia nacional y normas internacionales y que responda a las demandas de las víctimas.

El proyecto será sometido a debate en la Comisión Primera del Senado en el mes de marzo y una vez sea aprobado allí, pasará a plenaria. Se estima que este proceso concluiría en junio del 2011.

El país seguirá discutiendo durante el 2011 y quizás durante muchos años más, aspectos que subyacen todo orden constitucional, principios esenciales al orden democrático; debatirá en escenarios acalorados y hasta turbios, hechos y razones que después de tantos años de luto y violencia deberían estar completamente claros y que ni siquiera deberían ser objeto de discusión. Aún falta mucho para que Colombia sea un país en el que produzca orgullo nacer, vivir y morir. Por fortuna existe una minoría valiente y creativa dispuesta a seguir luchando para que ese tiempo de espera, no termine por comprometer la eternidad.

Articulo caja de herramientas
Por Maureén Maya S
Periodista e investigadora social.

Impedimentos truncaron debate de Ley de Víctimas


Impedimentos truncaron debate de Ley de Víctimas en la Plenaria de la Cámara de Representantes

El segundo debate de Ley de víctimas que se desarrolló el 7 de diciembre en la plenaria de la Cámara de Representantes no logró ser tramitado por la presentación de 23 impedimentos - cuestionables por demás- de algunos congresistas.

Contradicciones jurídicas e impedimentos sin mayor fundamento, algunos de los cuales podrían explicarse en el miedo a perder la investidura y otros en una clara intención de hacer oposición al proyecto de manera cobarde y espuria, convirtieron la plenaria de la Cámara en un acontecimiento político lamentable.

Veintitrés congresistas se declararon impedidos para votar el proyecto argumentando su condición de víctimas de algún hecho de violencia o por cuenta de la victimización de algún familiar en el pasado a causa del accionar de grupos guerrilleros o paramilitares. Fue tal el descaro al esgrimir motivaciones, que incluso se presentaron impedimentos por cuenta de la existencia de algún familiar lejano, de cuarto nivel de consanguinidad, objeto de algún tipo de vulneración a sus derechos en un pasado también lejano.

Ante estas argumentaciones, otro parlamentario recordó que en Colombia, un país que desde hace más de cinco décadas enfrenta un conflicto armado interno, la gran mayoría de nacionales tiene algún vínculo, cercano o lejano, con alguna víctima de la violencia. Es inevitable, concluyo, y ello no puede ser impedimento para votar una ley que pretende restituir los derechos de las víctimas de la violencia del país. De ser así, no se podría tramitar reformas constitucionales y menos aquellas que guarden relación con la emergencia social o la crisis de la salud; porque todos los ciudadanos, incluyendo a los parlamentarios, se verían afectados por este tipo de iniciativas.

El Consejo de Estado había conceptualizado al respecto afirmando que la existencia de vínculos familiares con víctimas por parte de los legisladores, incluso así ellos hubiesen sido objeto directo de algún tipo de violación a los derechos humanos, no se constituía en impedimento para participar en el trámite de esta iniciativa.

Aún cuando varios parlamentarios se pronunciaron pidiendo que se votaran negativamente los impedimentos, y el representante Alfonso Prada recordó que así se votó en el debate de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes el pasado 25 de noviembre, los impedimentos fueron aprobados con 50 votos a favor y 42 en contra.

El representante Iván Cepeda, quien presentó al inicio de la plenaria un concepto favorable del Consejo de Estado para poder participar en el debate, afirmó que la jurisprudencia es clara al respecto.

El Consejo niega conflicto de interés en tanto los congresistas víctimas no serían objeto de algún beneficio exclusivo o concreto por cuenta de la Ley, puesto que con ésta lo que se reconocen son los derechos fundamentales a verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición de todas las víctimas de la violencia en el país.

Miguel Gómez, representante del partido de la U, declaró que los conceptos del Consejo de Estado son sólo conceptos y que no son de obligatorio cumplimiento. Señaló también que el Consejo podría más adelante modificar su posición y que por tanto se debían votar los impedimentos. Su posición no sorprendió, así como tampoco su propio impedimento, pues ya en la Comisión Primera fue evidente el malestar que le producía la aprobación de esta iniciativa y su inconformidad frente a temas como reparación, sostenibilidad fiscal y víctimas de crímenes de Estado. El pasado 22 de octubre, Gómez declaró en entrevista a La W radio que se había retirado como ponente de la Ley de Víctimas porque le preocupaba la manera cómo se estaba manejando el tema. “Tengo mucha preocupación porque no tenemos claridad sobre las cifras con las que estamos trabajando este proyecto, y tengo algunas reservas importantes sobre algunos de los puntos que están incluidos en la Ley de Víctimas, y lamentablemente no he encontrado eco dentro de los demás ponentes y creo que es preferible recuperar la independencia y poder hacer comentarios y críticas desde afuera y no como ponente. […] La idea es que va a haber una sola ponencia y yo no estoy a favor de varios de los temas de la Ley de Víctimas…”

El representante Guillermo Rivera, visiblemente inconforme con la lluvia de impedimentos presentados, pidió entonces que se votaran todos en un solo bloque, argumentando que el concepto para su aprobación y denegación sería el mismo al tratarse de hechos similares aún cuando tengan diferencias en tiempo, modo o lugar. No obstante, aunque se votaron algunos en bloque y otros por separado, el desenlace fue el mismo y el tiempo ahorrado tampoco se empleó para avanzar en el debate.

La votación favorable a los impedimentos además de ser incongruente con respecto al trámite legislativo en Comisión Primera de la Cámara podría generar una grave crisis en la institución e inseguridad jurídica para los mismos parlamentarios que incurrieron en esta contradicción jurídica. No es posible que lo que se niega como impedimento sea luego, en el trámite de la misma iniciativa, aceptado. Frente a este hecho se llegó a proponer la suspensión del debate, que se declarará nula la votación y que el tema fuera evaluado por las bancadas parlamentarias de manera independiente.

La intención de algunos congresistas de obstaculizar el trámite del proyecto de Ley presentando impedimentos cuestionables y generando temor entre las bancadas para que se abstuvieran de participar, produjo el enojo del ministro Vargas Lleras, quien al salir del recinto, declaró que de ser necesario se llamará a sesiones extraordinarias los días jueves, viernes y sábado de la próxima semana. "Hay personas que no están en condición de estar impedidas (por víctimas) y sin embargo lo tramitaron", declaró al diario El Espectador.

Pasadas las dos de la tarde, de manera presurosa se levantó la sesión. En los pasillos se rumoraba que el afán por dar por terminada la discusión obedecía a la urgencia que tenían algunos parlamentarios de salir a celebrar la tradicional fiesta colombiana de encender velitas, víspera del día de la Inmaculada Concepción, para darle la bienvenida a la Navidad. El debate finalmente se aplazó para el próximo lunes 12 de diciembre en horas de la tarde.

Para ese día será importante que las bancadas parlamentarias reflexionen sobre la importancia de dar trámite favorable a esta iniciativa del Gobierno Nacional que recoge algunas de las propuestas y esfuerzos de las organizaciones sociales y movimientos de víctimas sin más dilaciones y saboteos, que las proposiciones objeto de consenso previo sean avaladas, y que los parlamentarios logren responder con generosidad y grandeza histórica a las demandas de las víctimas del conflicto y a las expectativas que tienen puestas en este proyecto, tano la comunidad nacional como la internacional.

Maureén Maya. Jueves 09 de diciembre de 2010 a las 17:41

"Deja que los perros ladren amigo, es señal de que cabalgamos” *


Mensajes Twitter entre Álvaro Uribe y José Obdulio Gaviria

En la mañana de hoy apareció un interesante intercambio de mensajes vía Twitter entre el ex presidente Álvaro Uribe y su asesor José Obdulio Gaviria a raíz de las publicaciones de wikileaks sobre los cables de la diplomacia estadounidense con la embajada de Bogotá. Según la última revelación dada a conocer por el diario El País de España y el diario francés Le Monde, el general Naranjo le habría expresado al embajador de Estados Unidos en Colombia, William B. Brownfield, su sospecha de que habrían sido José Obdulio Gaviria y Bernardo Moreno los responsables de las Chuzadas realizadas por el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).

Uribe intentó utilizar esta “sospecha” de Naranjo, quizás expresada con la intención de proteger a su amo, como prueba de que él no estuvo involucrado en el escándalo de las interceptaciones ilegales; es decir que todo se hizo a sus espaldas. Sin embargo, es claro en las declaraciones de William Gabriel Romero Sánchez, el polémico ex subdirector de Fuentes Humanas del DAS, y en los documentos aportados a la Fiscalía, que el No 1 no es José Obdulio Gaviria sino Álvaro Uribe Vélez.

Uribe retwittea un mensaje en el cual pide se divulgue este último cable (en el que se señala a Gaviria como autor intelectual de las chuzadas). José Obdulio responde airado y le advierte a Santos sobre el peligro de mantener a Naranjo “en el entorno”.

AlvaroUribeVel Álvaro Uribe Vélez: Buenos días! Hagamos seguimiento al último cable de Wikileakshttp://www.wikileaks.ch/cable/2009/10/09BOGOTA3271.html q la prensa lo difunda

JOSEOBDULIO Jose Obdulio Gaviria @AlvaroUribeVel: Va quedando claro quién o quiénes, presidente. Estaban al lado.

AlvaroUribeVel Álvaro Uribe Vélez: Se publicará en web documento resumen de esfuerzos por liberar secuestrados y paz durante 8 años

AlvaroUribeVel Álvaro Uribe Vélez: Por qué llevaron la interceptación del Magistrado a Semana? pedida por esta?Para afectar al Gbno?Quién ordenó la interceptación?

AlvaroUribeVel Álvaro Uribe Vélez: Quién ordenó interceptar al Magistrado?llevar a Semana? Qué motivación? Desacreditar al Gbno

JOSEOBDULIO Jose Obdulio Gaviria: Presidente Santos: ¿no leeremos que Naranjo informó que yo ordené falsos positivos? O, peor, ¿que usted? Peligroso mantenerlo en el entorno.

Otros mensajes de José Obdulio:

JOSEOBDULIO Jose Obdulio Gaviria: Dice alguien que me quiere que he sobrevivido. Pero teme no sobreviva a este contraataque. ¡Los cobardes sabrán que no mataron a un cobarde!

JOSEOBDULIO Jose Obdulio Gaviria: Esperemos qué va saliendo Que publiquen mis conversaciones Verán lo que es ser serio, veraz y leal. Que se investigue y castigue la traición

JOSEOBDULIO Jose Obdulio Gaviria: Siempre previno sobre la personalidad de los tres "sabuesos". Nadie le hizo caso. ¡Qué daño hicieron al estado y al gobierno Uribe!

JOSEOBDULIO Jose Obdulio Gaviria: ocultando sus "sospechas" a sus superiores? En cualquier caso, grave. ¿Por qué no me denunció? ¡Como no le hicieron caso a Fernando Londoño!

JOSEOBDULIO Jose Obdulio Gaviria: Colombia tiene derecho a saber: ¿Naranjo informó a Santos sus sospechas? Como chisme aunque sea. ¿O hacía méritos mintiendo a los gringos?

Continuara....

*Frase apócrifa del Quijote de la Mancha
de Maureén Maya, jueves 09 de diciembre de 2010 a las 22:06

lunes, 29 de noviembre de 2010

PRESENTAN DENUNCIA CONTRA ÁLVARO URIBE POR CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD


Bogotá, 29 de noviembre de 2010.

Por considerar que la investigación que se adelanta contra Álvaro Uribe Vélez en la Comisión de Acusaciones de la Cámara por el llamado escándalo del DAS se adelanta a espaldas del país y de las víctimas y desconoce las pruebas existentes en los procesos disciplinarios y penales, un grupo de cuarenta personas, entre organizaciones no gubernamentales de derechos humanos, periodistas, congresistas, un partido político, ex congresistas, un ex magistrado de la Corte Constitucional y diferentes profesionales, presentaron hoy una denuncia penal por crímenes de lesa humanidad contra el Presidente de la República durante el período 2002-2010.

En la denuncia, las víctimas del DAS alegan que lo sucedido en el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) siguió lineamientos y directrices desde la Presidencia de la República en contra de más de 300 personas y con pleno conocimiento del ex mandatario. Así lo demuestran la coherencia entre los discursos presidenciales que atacaban a quienes al mismo tiempo estaban siendo víctimas de seguimientos ilegales, interceptaciones electrónicas y telefónicas sin orden judicial, amenazas, montajes y campañas de desprestigio, así como labores de inteligencia y contrainteligencia por parte del DAS.

Para los denunciantes, es claro que los crímenes cometidos desde la policía secreta, adscrita y dependiente jerárquica y funcionalmente del Presidente de la República, constituyen persecución política y tortura psicológica, delitos considerados como de lesa humanidad.

Entre los firmantes de la denuncia se encuentran Clara López Obregón, presidenta y representante legal del Polo Democrático Alternativo; la ex congresista Piedad Córdoba, el representante Iván Cepeda, los periodistas Carlos Lozano Guillén, Hollman Morris, Maureén Maya, Adriana Cuéllar y Claudia Julieta Duque; el ex magistrado y ex candidato presidencial Jaime Araujo Rentaría; y miembros de organizaciones como la Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CCAJAR), la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES), la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), la Comisión Intercongregacional de Justicia y Paz, el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (CSPP), entre otros.

Los denunciantes solicitan a la Comisión de Acusaciones pedir como prueba trasladada la totalidad de las 93 AZs que fueron confiscadas por la Fiscalía General de la Nación, así como la totalidad del acervo probatorio existente en los procesos penal y disciplinario y una copia auténtica de los discursos del ex presidente Uribe en contra de ONGs, defensores de derechos humanos, periodistas y la Corte Suprema de Justicia.

De igual manera, reprochan la negligencia de la Comisión de Acusaciones en otras investigaciones contra ex Presidentes, y solicitan que, en caso de que el proceso llegue a juicio, sea enviado a la Corte Suprema de Justicia por tratarse de delitos ordinarios que no tienen relación con el fuero presidencial.

Aprobada Ley de Víctimas: ¿Triunfo amargo o derrota dulce?

La aprobación por unanimidad del proyecto de Ley de Víctimas en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes es sin duda una noticia positiva para el país, pero aún así, está lejos de convertirse en un genuino triunfo para la nación.

El interés de los partidos políticos por sacar adelante esta iniciativa, quizá la más importante del gobierno Santos, es innegable, independiente de los intereses que motiven a cada bancada parlamentaria, sin embargo, la forma en que se desarrolló el debate, el nivel de las discusiones, los logros y sacrificios que se tuvieron que hacer en aras de lograr su aprobación, produce varias sensaciones ambiguas y deja profundos interrogantes.

La Ley de víctimas fue aprobada; avanza velozmente en los pasillos del congreso y se abre paso para llegar finalmente, aún no se sabe que tan cambiada, a la plenaria del Senado, lo que quizás se produzca a mediados del 2011. Para muchos colombianos esto ya de por si representa un triunfo para el país y más aún si se considera que algunas modificaciones importantes lograron ser introducidas. Sin embargo, el hecho de que varios temas claves en la ponencia no hayan sido objeto de debate y de manera presurosa se haya aprobado el texto original dejando mediante constancias la discusión para la plenaria de la Cámara, hace pensar que ese triunfo no es tan dulce como se quiere creer.

Durante tres días en tres largas sesiones de debate se logró la aprobación de todo el articulado de la Ley. Un bloque de 121 artículos que no habían sido objeto de proposiciones fue aprobado de un sólo golpe durante el primer día. Hasta ahí parecía haberse zanjado lo sencillo del proceso. Luego vendría lo más complicado que era entrar a discutir y establecer acuerdos entre los distintos partidos y parlamentarios para lograr la aprobación de las propuestas modificatorias.
No faltaron las discriminaciones frente a algunas propuestas, no tanto por la calidad de las mismas, sino por el origen de éstas. Las marcadas tendencias ideológicas, propias de un país fracturado por la polarización política, no estuvieron ajenas al debate pero tampoco lograron ahogarlo. Se pudo unir voluntades para conseguir la aprobación de algunas propuestas, y como en una mesa de jugadores diestros se hizo claro que en todo acuerdo de negociación justo cada parte obtiene su ganancia y así fue. Renunciando a posiciones absolutas se lograron introducir importantes modificaciones al texto original considerando recortes y ajustes propuestos por las partes contrarias, y varios parlamentarios de manera flexible decidieron retirar sus proposiciones para apoyar otras iniciativas sobre el mismo artículo al considerarlas más convenientes.

La discusión también la facilitó el hecho de que temas polémicos y que serían objeto de enormes contradicciones no fueron discutidos.

Entre las propuestas más importantes que lograron ser incorporadas a la Ley, se cuentan algunas de las presentadas por los representantes del PDA, Iván Cepeda Castro y Germán Navas Talero, y de los liberales en cabeza del representante Guillermo Rivera, coordinador ponente de la iniciativa.

Como un logro importante podría destacarse la creación de una unidad del CTI destinada exclusivamente a la persecución de bienes despojados por los agentes de la violencia. Esta medida, a la vez que garantiza el incremento de los recursos del fondo de reparación para las víctimas y el debilitamiento de las bases económicas de los aparatos criminales, puede contribuir a la no repetición de la violencia padecida.

Otro de los artículos aprobados y que fuera objeto de minucioso análisis por cuanto en un comienzo se pensó que mediante éste se adjudicaban funciones extraordinarias al defensor del Pueblo, lo que sería inconstitucional, fue el de fortalecer el sistema de representación Judicial de la Defensoría del Pueblo para garantizar una adecuada representación de las víctimas por parte profesionales que no tengan a su cargo los procesos de los victimarios.

El principio de corresponsabilidad en el que se individualizan responsabilidades y se reconoce el deber de la sociedad de asistir humanitariamente a las víctimas, y de éstas de participar activamente en los procesos quedó también incorporado a la norma.
Otro logro bastante significativo, quizás uno de los más definitivos en el carácter de la iniciativa, es el que se obtuvo con las modificaciones incorporadas artículo 172 para garantizar que los responsables de violaciones a los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario que hayan sido extraditados puedan contribuir a la efectividad del derecho a la verdad y la justicia de las víctimas de sus acciones criminales y para que sus bienes sean entregados al fondo de reparación.
Una de las modificaciones más audaces incorporadas a la ley se refiere a la corresponsabilidad en la reparación de las víctimas que deben asumir las empresas que contribuyeron a la financiación de grupos armados ilegales. El representante Navas Talero dictaminó que quien cause un daño a un tercero, así sea bajo constreñimiento, debe responder. Por su parte el representante Iván Cepeda recordó el caso de la empresa Chiquita Brands, y cómo ésta no sólo apoyó económicamente a los grupos paramilitares, sino que además permitió que uno de sus puertos fuera utilizado para la entrada de armas con las cuales se causó la muerte de varios civiles. La inconformidad de Miguel Gómez frente a estas afirmaciones, quien argumentó en defensa del sector empresarial que muchos empresarios se habían visto obligados a pagar vacunas para preservar su integridad, no fue suficiente para que se aprobará la modificación a la norma.

La reparación

La proposición al artículo 8 presentada por el PDA enuncia el fundamento de la reparación y establece que ésta no es un gesto solidario sino un deber del Estado. Sobre la pretensión de que con la indemnización por vía administrativa, consagrada en el artículo 110, se excluyera la reparación por vía judicial, el representante Rivera afirmó que proponerle a una víctima que por 40 SMV, en el mejor de los casos, renuncié a la reparación judicial es oprobioso y a la larga tampoco resuelve la congestión fiscal. “Acá no debemos hablar del otorgamiento de beneficios a las víctimas sino del reconocimiento de unos claros derechos. No son dádivas, sino derechos que deben ser garantizados”, enfatizó.

Por su parte el representante Miguel Gómez declaró que nunca en la historia se ha llevado a cabo un proceso de reparación en medio del conflicto y que ello podría acarrear problemas que en este momento no avizoramos. Aún cuando la intensidad del conflicto ha disminuido, afirmó, las victimizaciones siguen aumentando. También señaló que si bien está a favor de la inversión de la prueba en casos de despojo, considera que muchas personas pueden verse atropelladas por la medida.

El plan Marshall, iniciativa propuesta por Estados Unidos para la reconstrucción de los países europeos destrozados después de la Segunda Guerra Mundial y con el que además se pretendía contener un posible avance del comunismo en el mundo, aseguró una reparación total y general, declaró un parlamentario de la bancada de unidad nacional. “Y es quizás el modelo a seguir por cuanto lo que se repara es el tejido social a mediano plazo a través de la eficacia en la inversión pública y no de la asignación de recursos individuales para las familias victimizadas. Ningún dinero podrá reparar el dolor de una madre por la muerte de su hijo, la reparación siempre será insuficiente”

¿Y el dinero?

Frente a la sostenibilidad de la Ley se reglamenta la creación de un plan nacional que garantice el acceso a bienes de los victimarios como primera medida para la reparación de las víctimas, luego la incautación de los pertenecientes a grupos armados (difícil ubicar la totalidad de sus testaferros) y finalmente sí estos no están en capacidad de reparar sería responsabilidad del Estado.

Si bien el tema de sostenibilidad de la iniciativa es importante, no puede esgrimirse como argumento para impedir que el Estado cumpla con su deber de reparar a todas las víctimas de la violencia. La inasistencia por parte del gobierno y su falta de garantías le ha generado altos costos en el pasado. Además si existe la voluntad necesaria podrían establecerse diversos mecanismos para su financiación mediante la acción de la justicia y el desmonte de las estructuras económicas de los grupos armados ilegales, así como de su soporte político y empresarial, entre otros. Si ha existido impuesto para la guerra puede existir un impuesto para la paz, aunque ello no fue considerado en el debate.

De cualquier modo sería muy mal precedente que el gobierno, autor del proyecto, no lograra dar respuesta efectiva a los supuestos inconvenientes fiscales que la atención de las víctimas generaría. Según el ministro de Hacienda, Juan Carlos Echeverry, la ley tendría un costo de 40 billones de pesos durante los próximos 15 años, es decir algo cercano a los 2.6 billones de pesos por año, pero reconoce que la iniciativa es viable y que se trata de un tema de enorme prioridad para el país. También quedaría muy mal un Congreso que en el pasado aprobó partidas millonarias por el programa Agro Ingreso Seguro o para aumentos de pensiones de congresistas que aunque finalmente se hundió en Senado fue aprobado en Cámara, o para proyectos costosos como la implementación del sistema de voto electrónico, que ahora expusiera imposibilidades económicas para atender a las víctimas de la violencia, muchas veces generada por el mismo Estado colombiano.

“La reparación debe partir inicialmente de la búsqueda de los bienes que les fueron arrebatados a las víctimas y eso lo hemos logrado incorporar a la Ley” afirmó el representante Iván Cepeda Castro

Frente a la responsabilidad del Estado por acción y por omisión en la guerra interna del país, el representante Pablo Emilio Salamanca declaró que la acción criminal de los militares en la ejecución de varias masacres, como en el caso de los comerciantes de Arauca o de San José de Apartadó donde los soldados degollaron dos menores, no son casos aislados sino parte de una estrategia de eliminación sistemática. En la procuraduría existen actualmente más de 1900 procesos por crímenes de Estado, de manera que no se puede negar que ha sido el Estado provocador y generador de la violencia en Colombia. Además, hay actos administrativos que provocan esa acción criminal por parte del aparato militar en Colombia, como en el caso de la resolución ministerial 029.
En respuesta a la imposibilidad que expone la Ley para excluir del universo de víctimas a los familiares actores armados, pese a que los aspectos doctrinarios y jurisprudenciales de la argumentación son validos, Salamanca afirmó que los hechos son mucho más contundentes. En el municipio de Agua azul, Casanaré, relató, un anciano de apellido Polo fue secuestrado y torturado por grupos paramilitares. Se le inyectó un veneno de prueba, que a decir de los victimarios, hacia que los ojos se le salieran de las órbitas. El crimen que se le cobró con la tortura y la muerte brutal al señor Polo fue ser padre de dos jóvenes que optaron por incorporarse a la guerrilla. De acuerdo a la Ley no sería él considerado víctima y su esposa o demás hijos no tendrían derecho a ningún tipo de reparación.

El representante Cepeda recordó que los principios 15 y 34 del DIH establecen que los Estados deben reparar a las víctimas de acuerdo a la proporcionalidad del daño causado. Así mismo que las sociedades progresivas en términos humanos entienden que las normas internacionales sobre los derechos y garantías de las víctimas deben ser asumidas como principios éticos y de legalidad y no como hechos políticos.
Frente a la penalización da falsas victimas, en la Ley se aprobó que que quienes se hagan pasar por personas afectadas a causa del conflicto y los funcionarios que los avalen, recibirán penas entre 5 y 8 años de cárcel.

Una de las principales derrotas sufridas por la bancada del Polo durante el debate fue el rechazo a la modificación propuesta al artículo 120 sobre garantías de no repetición. Las medidas propuestas por el representante Cepeda fueron objetadas y se estableció que el gobierno no adoptará medidas para erradicar el paramilitarismo sino que propenderá, lo que significa, según el diccionario, que se inclinará a, es decir que no asumirá una acción clara y decidida frente a este fenómeno, del cual es su directo responsable. (Ver proposición de acuerdo al final de este artículo)
Otro tema controversial que no fue resuelto se refiere al arbitrio en la imposición de las las fechas a partir de las cuales se propone la adjudicación de tierras objeto de despojo, 1991, y se determina la categoría de víctima: 1984
La propuesta del gobierno de llamar a la creación de una Comisión de la Verdad no alcanzó a ser debatida. Iván Cepeda propuso que en vez de una comisión de la verdad, no viable en el contexto del conflicto armado, se cree una Comisión de investigación y esclarecimiento histórico dedicada exclusivamente al tema de la paraeconomía, a revelar la historia del despojo y la usurpación, sus autores y sus directos beneficiarios. “Debe ser una comisión integrada democráticamente” añadió.

El tema de llamar a una comisión de la Verdad sin duda será objeto de un amplio debate, y no sólo en el ámbito parlamentario. Su posible conformación entraña enormes riesgos que deben ser analizados con total detenimiento, pues el hecho de convocarla en un momento inconveniente, tanto en términos históricos como en razón de la vigencia del conflicto generará una grave distorsión sobre la realidad de violencia actual, y podría provocar grandes tergiversaciones en la memoria del país y expectativas sin fundamento.

La propuesta entonces no sería llamar a una comisión de la verdad, sino a una de carácter preparatorio. Establecer la manera en que ésta se articulara al trabajo que desarrolla el grupo de Memoria Histórica de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación -CNRR-, definir su estructura y metodología considerando que ésta tiene buena parte de su sustento en los testimonios de las víctimas, la cuales siguen a merced de sus victimarios y no cuentan con las debidas garantías de seguridad.
Otro inconveniente al tema, es que una Comisión de la verdad se establece teniendo en cuenta un principio y un final claros, y se gesta a partir del cierre de la situación que amerita su creación.

Las comisiones de la verdad que se han formulado en otros países como Guatemala, Argentina, Chile o Perú, después de superado el conflicto interno o haber retornado al orden democrático, tienen efectos jurídicos claros, como en el caso Fujimori o de la cúpula militar en Argentina. En Colombia no podría tener ese alcance.

Ahora, si se considera que no es clara la forma en qué será financiada y se piensa en recurrir a los recursos internacionales, se estarían alterando las prioridades políticas de la cooperación y las actividades que realizan importantes organizaciones sociales y defensoras de derechos humanos en el país; muchas de las cuales se verían obligadas a buscar nuevas estrategias y auxilios económicos para seguir evidenciando la realidad de violencia que los decretos no resuelven y que en virtud de la Comisión, harían pensar que ya fueron superados.

Es preocupante, o a los menos llamativo, que exista tanto interés en diversos sectores políticos del país por apropiarse de esta propuesta; pues aunque no sea posible determinar desde ahora si esta iniciativa encierra un carácter meramente revisionista o negacionista sobre la causas de la violencia que se expresaron a partir de 1991, fecha prevista de manera arbitraria y miope en la ponencia, lo cierto es que un proceso de carácter cerrado, excluyente y oficial con que el que se pretende cerrar desde el papel un ciclo de violencia que contradice el peso de la realidad y la misma coherencia de los procesos históricos, contribuiría más que a superar un pasado doloroso, a atomizar las causas de la confrontación y a falsificar la memoria, ya de por si confiscada, del país.

El representante Cepeda pidió que se votara la proposición sobre Comisión de la Verdad antes de cerrar el debate, pero la premura por acabarlo, lo impidió.
El repentino afán por aprobar la Ley se produjo a causa de la intervención del ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras, quien exigió celeridad en el proceso de votación final para atender la emergencia judicial de los victimarios. Según el ministro, la declaratoria de inexequibilidad por parte de la Corte Constitucional del llamado principio de oportunidad llevaría a más de 30 mil desmovilizados acogidos por el programa presidencial a perder su rumbo judicial y los obligaría a retornar a las armas y a la clandestinidad.

El ministro Vargas pretende que se siga legislando a favor de los victimarios y no de las víctimas.

“Se debe avanzar mucho más en materia de reparación - sostuvo Cepeda al abandonar el recinto de la Comisión Primera-. La Ley sólo contiene algunos visos de lo que podría ser una efectiva reparación integral. Aún hay exclusiones profundas, muchas comunidades pueden quedar por fuera, pero seguimos insistiendo en la necesidad de ampliar y profundizar su cobertura, y todos los temas que no pudieron ser abordados en este primer debate serán objeto de minucioso análisis en la plenaria de la Cámara.
Los parlamentarios haciendo caso a la demanda del Ministro decidieron votar los artículos restantes, que serían objeto de análisis por cuanto incluían varias propuestas de modificación, tal cual aparecían en la ponencia, dejando constancia escrita sobre las modificaciones que esperan sean debatidas en la Plenaria que se calcula arrancará el 5 de diciembre próximo.

Guillermo Rivera declaró, al salir de la Comisión que entre los principales logros del proyecto aprobado se destaca la creación de nuevos instrumentos para que la justicia persiga los bienes ocultos de los victimarios, y también la obligación de que los jueces establezcan -mediante sentencia- que empresas colaboraron o colaboran con la financiación de las organizaciones armadas ilegales para que el juez ordené en la misma providencia que estas concurran a reparar a las víctimas en la misma proporción con la que colaboraron con los victimarios. Ante un fallo judicial, los empresarios no podrán negarse a cumplir con lo dispuesto.

El ministro de Agricultura, Juan Camilo Restrepo señaló que se aprobó la fecha a partir de la cual se aplica este mecanismo de la justicia transicional, la que quedó fijada a partir de 1990. “Los despojos de tierra que se produjeron antes de esta fecha no es que no se puedan reclamar, se puede hacer por la vía ordinaria, porque el despojo nunca sanea el titulo de quien lo detente, pero este mecanismo especial, ágil, y transicional lo ha fijado hoy la comisión primera de la Cámara de Representantes”. Otro tema importante aprobado, según el Ministro, se refiere a las políticas diferenciales en razón de género. “Según la constitución y la jurisprudencia, las mujeres cabeza de hogar despojadas -y la mayoría sea dicho de paso, de los desplazados a los que les quitaron la tierra, son mujeres- y la ley que acaba de aprobar, se reconoce una preferencia para la mujer en todos los procesos de restitución, de apoyo económico y acompañamiento, no sólo porque son la mayoría, sino porque además la constitución ha querido mediante el establecimiento de políticas de género, que la mujer tenga prelación en todos estos procesos de justicia, restitución, reparación de víctimas…”

La declaración del Ministro sobre las fechas aprobadas, generó bastante confusión pues no hacía referencia a los acuerdos previos en este sentido. Por tal razón, los representantes Guillermo Rivera y Jorge Gómez dejaron constancia sobre su petición de que la fecha considerada en el proyecto para la restitución sea anterior, de acuerdo al registro de personas desplazadas y con el fin de armonizar los tiempos de la ley.

Las Constancias

El triunfo de la aprobación de la Ley de víctimas fue parcial porque por fuera quedaron temas importantes que requerirán de varias jornadas de negociación en aras de lograr una concertación, lo que será aún más complicado de lograr en la plenaria de la Cámara, donde intervienen todos los representantes. Entre los temas fundamentales que serán debatidas está el de definición de víctima.

Sobre este punto, el parlamentario Miguel Gómez pidió que se excluya del universo de victimas a quienes por auxiliar a alguien sufrieron algún menoscabo y también pidió que se modifique el nombre de la Ley.

Rivera dejó constancia sobre la necesidad de incluir como víctimas a parejas del mismo sexo, la excepción por infracciones al DIH de los miembros de grupos armados ilegales y la aclaración del parágrafo tercero.

Sobre la Comisión de la Verdad, los representantes Rivera, Navas, Cepeda y Prada dejaron constancia de su propuesta de modificar los artículos 123 y 126.
En próximo debate, previsto para los días 5 y 6 de diciembre, no sólo deberán discutirse los artículos que fueron objeto de constancia y proposición no analizada, sino que deberá repasarse lo consignado y atender nuevas solicitudes. Desde ya se empiezan a analizar las sugerencias presentadas por el defensor del Pueblo, Volmar Pérez, de manera que encuentren eco en algunos parlamentarios y puedan ser presentadas como proposiciones.

Si bien la ley de víctimas se constituye en un avance importante, y en muchos sectores políticos del país se entiende la premura que hay por pagar un costo que a futuro será impagable, y la urgencia de que las víctimas logren ser resarcidas y puedan emprender de nuevo un proyecto de vida con opciones de progreso y dignidad bajo estrictas medidas de seguridad, la aplicación de un modelo de justicia transicional y el llamado a crear una comisión de la verdad permiten entender la necesidad del gobierno de reparar la deteriorada imagen de Colombia en el exterior.
Empieza a crearse en el ambiente una sensación de euforia bajo la creencia de que el fin del conflicto es ya casi una realidad, pero no es así. Ese es el espejismo que se requiere para que los asesinatos que siguen produciéndose, los desplazamientos, las amenazas y las persecuciones por razones ideológicas, así como la consolidación del paramilitarismo mafioso, empiecen a palidecer ante una prometedora era de paz, que además asegurara la firma del TLC.

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Anexo 1
“ARTÍCULO 120. GARANTÍAS DE NO REPETICIÓN.

Comprenden entre otras, la desmovilización y el desmantelamiento de los grupos armados al margen de la ley.
El Estado Colombiano a través del Plan Nacional para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas adoptará, entre otras, las siguientes Garantías de No Repetición:
1. La desmovilización y el desmantelamiento de los grupos armados al margen de la ley, de sus redes políticas y económicas
2. La garantía de que todos los procedimientos civiles y militares se ajustaran a las normas internacionales relativas a las garantías procesales, la equidad y la imparcialidad.
3. Fortalecimiento de la independencia del poder judicial.
4. La protección de los profesionales del derecho, la salud y la asistencia sanitaria, la información y demás actividades desarrolladas en defensa de los derechos de las víctimas.
5. La verificación de los hechos y la difusión pública y completa de la verdad judicial, en la medida en que no provoque más daños innecesarios a la víctima, los testigos u otras personas, ni cree un peligro para su seguridad.
6. La aplicación de sanciones a los responsables de las violaciones.
7. La prevención de violaciones de derechos humanos.
8. La creación de una pedagogía ciudadana que promueva los valores constitucionales que fundan la reconciliación, en relación con los hechos acaecidos en la verdad histórica.
9. Fortalecimiento técnico de los criterios de asignación de las labores de desminado humanitario.
10. El fortalecimiento al Sistema de Alertas Tempranas.
11. La educación, de modo prioritario y permanente, de todos los sectores de la sociedad respecto de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario y la capacitación en esta materia de los funcionarios públicos, así como de las fuerzas armadas y de seguridad.
12. Diseño e implementación de una estrategia general de comunicaciones en Derechos Humanos.
13. Inclusión de una sección de conocimiento de los derechos de las víctimas de violaciones, en el Modelo Único Pedagógico de las Fuerzas Militares.
14. Diseño de una estrategia única de capacitación a funcionarios de nivel nacional y territorial en materia de respeto de los Derechos Humanos y Derecho internacional humanitario.
15. Fortalecimiento de la participación efectiva de las poblaciones vulneradas, vulnerables y/o en situación de discapacidad, en sus escenarios comunitarios, sociales y políticos, para contribuir al ejercicio y goce efectivo de sus derechos culturales.
16. Difusión de la información sobre sus derechos a las víctimas radicadas en el exterior.
17. La reintegración de niños que hayan participado en los grupos armados al margen de la ley.
18. Diseño e implementación de estrategias, proyectos y políticas de reconciliación tanto a nivel social como en el plano individual.
19. El ejercicio de un control efectivo por las autoridades civiles sobre los organismos de inteligencia, las fuerzas armadas y de seguridad.
20. La revisión, reforma y/o derogación de las leyes que contribuyan a las violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y a las violaciones graves del derecho humanitario, o que las permitan.

21. La promoción y observancia de códigos de conducta y normas éticas, en particular las normas internacionales, por los funcionarios públicos, inclusive el personal de las fuerzas de seguridad, los establecimientos penitenciarios, los medios de información, el personal de servicios médicos, psicológicos, sociales y de las fuerzas armadas, además del personal de empresas comerciales.

22. La exclusión del servicio de los funcionarios públicos involucrados en violaciones a los derechos humanos”.
Presentado por:
GUILLERMO RIVERA FLOREZ IVAN CEPEDA CASTRO
GERMAN NAVAS TALERO ALFONSO PRADA
JORGE GOMEZ

Ley de víctimas: de lo simbólico a lo efectivo

Por Maureén Maya
Periodista e investigadora social. Caja de herramientas

Si ayer se legisló pensando en los victimarios, hoy el llamado es para que se legisle pensando en las víctimas.

Después de un largo y esforzado recorrido por parte de la organizaciones sociales, los movimientos de víctimas y sectores de la oposición política del país para elaborar un marco normativo favorable a la realización de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de todas las víctimas de la violencia sociopolítica y armada en Colombia, el pasado 27 de septiembre el presidente Juan Manuel Santos radicó el proyecto de Ley de víctimas No. 107 del 2010 por medio del cual se dictan medidas de atención y reparación integral a las víctimas de violaciones a los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario, acumulado al proyecto de Ley No. 85 de 2010 para la restitución de tierras.

No es la primera vez que en el Congreso se discute la posibilidad de aprobar una ley para garantizar los derechos, la restitución y la reparación de las víctimas de la violencia, y de allí justamente que la nueva propuesta genere tantas expectativas y temores. A comienzos del 2009 el senador Juan Fernando Cristo con el apoyo de las bancadas del Partido Liberal, el Polo Democrático, Por el País que Soñamos y algunos sectores independientes, presentó un proyecto de Ley que obligaba al reconocimiento de las víctimas de agentes del Estado, facilitaba los recursos necesarios para la reparación, agilizaba la acreditación de los afectados ante un sistema establecido por el gobierno e implementaba límites en el tiempo para su reconocimiento como víctimas. La iniciativa fue aprobada en el Senado pero luego fue modificada en la Cámara de Representantes. El parlamentario Jorge Humberto Mantilla, parte de la coalición de gobierno de la Cámara, dio trámite a otra iniciativa que terminó por obstaculizar el proceso legislativo.

Las dos propuestas terminaron hundiéndose. La del senador Cristo por petición del entonces presidente Álvaro Uribe Vélez quien consideró que los afectados por agentes estatales no debían ser objeto de reconocimiento, menos de reparación, pese a que el Relator Especial de las Naciones Unidas (ONU), Philip Alston, calificó dicha posición de "incongruente con el derecho internacional de los derechos humanos”. Uribe afirmó que la Ley se constituía en "grave amenaza" a la política de seguridad democrática, programa bandera de su gobierno, porque "iguala a los terroristas con agentes del Estado, sin que estos últimos puedan tener un proceso judicial y una sentencia ejecutoriada". El mandatario también argumentó para su rechazo, que la propuesta del senador Cristo generaría un costo total para efectos de la reparación de 88 billones de pesos, lo que “crearía un trauma irreparable a las finanzas del Estado, haría imposible la reparación pecuniaria a las víctimas y el texto final no pasaría de ser letra muerta al servicio de una agitación electoral del momento”.

La iniciativa del representante Mantilla se hundió en el pleno del Congreso. No sólo por la incompatibilidad entre los dos textos tramitados y aprobados -uno en Senado y otro en Cámara- sino porque su propuesta era claramente discriminatoria e inconstitucional, desconocía los estándares internacionales y las sentencias de la Corte Constitucional.

El pasado 17 de noviembre se inició en un ambiente político más propicio para su discusión, el debate de la nueva Ley de Víctimas en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes. Sin embargo, pese a que el Gobierno ha enfatizado la urgencia de su aprobación, la realidad legislativa hace prever no será durante este año que se logre tan ambicioso objetivo.

Si bien el proyecto sólo requiere de cuatro debates para volverse Ley, dos en cámara y dos en senado- será difícil y demorada su aprobación; no sólo por la resistencia que frente al proyecto han expresado varios parlamentarios de los partidos Conservador y de la U, ambos de la bancada de unidad nacional, en especial frente al tema de sostenibilidad fiscal, sino también por el extenso y detallado pliego modificatorio que presentó el PDA en días pasados, el cual aborda aspectos esenciales para el logro efectivo de los derechos de las víctimas. Estas consideraciones llevaron a que el representante Germán Navas Talero, miembro de la Comisión Primera, se negará a firmar la ponencia presentada por los demás miembros de dicha comisión.
De modo que la aprobación incondicional del proyecto que se esperaba del PDA no se produjo. En vez de ello el partido, a través del representante Iván Cepeda, realizó un acucioso análisis de la iniciativa en el que además de destacar sus avances con enorme complacencia, señalar sus vacíos y proponer medidas eficaces que contribuyan a superar los efectos de la violencia, advirtió sobre la existencia de un vicio de constitucionalidad: La ausencia de una consulta previa con las víctimas, en especial con los pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes, tal como lo determina el convenio 069 de la OIT y la jurisprudencia nacional.

Durante el primer debate en la Comisión primera de la Cámara de Representantes, el representante del Partido Liberal, Guillermo Rivera, resaltó la importancia de reconocer el efecto vinculante de las generaciones de derechos. También señaló que emprender esta iniciativa en el marco de una justicia transicional, cuando Colombia continúa inmersa en el conflicto, impone la necesidad de imprimir una nueva dinámica y velocidad al trabajo legislativo, en especial, frente al tema de víctimas. Recordó que las resoluciones de la ONU respecto a los mecanismos de reparación fueron adoptadas por Colombia y aprobadas por unanimidad.

Iván Cepeda señaló que la reparación de las víctimas no es un acto de solidaridad o de buena voluntad del Gobierno Nacional sino que es su deber garantizar los derechos y resarcir plenamente a todas las víctimas del conflicto armado sin exclusiones. El pliego modificatorio presentado por la bancada del PDA no es una diatriba con la que se pretende desconocer las bondades del proyecto, sino por el contrario es un llamado a un dialogo constructivo que contribuya a enriquecer la propuesta, a asegurar los derechos de las víctimas y al cumplimiento de los deberes del Estado para con ellas.
Entre las proposiciones presentadas por el Polo hay por lo menos cinco que generan bastante polémica: el universo de las víctimas, pues tan como está planteado en el proyecto se excluyen a los actores armados y sus familiares, los menores víctimas del reclutamiento forzado, las víctimas de los mal llamados “falsos positivos” o de los nuevos grupos paramilitares que son leídos como estructuras de delincuencia común. Otro punto de polémica se refiere a la necesidad de fortalecer el sistema judicial de la Defensoría del Pueblo de modo que aumente su capacidad de atención y no sean los mismos abogados que defienden a los victimarios lo que deban asumir los casos de las víctimas. La creación de una Comisión de la Verdad como la que plantea la Ley, genera controversia por cuanto se limita a identificar los patrones de la guerra y sus actores, pero no es viable en tanto persista el conflicto armado en Colombia. Además la propuesta del gobierno es parcial y desconoce la dinámica del conflicto que en la actualidad se desarrolla en especial en aquellas regiones objeto del despojo masivo de tierras. También genera polémica el hecho de que la propuesta del Gobierno confunde medidas de reparación con el acceso a servicios sociales que tienen todos los ciudadanos y con programas de asistencia humanitaria.

El tema de sostenibilidad fiscal es quizás el aspecto que más polémica ha suscitado, pues mientras el gobierno considera que debe establecerse un tope claro, y los conservadores declaran que la Ley no puede ser una vena abierta de los recursos del Estado, el representante Cepeda sostiene que el objetivo principal del Gobierno debe ser asegurar que los bienes y patrimonio de las víctimas sean recuperados. Para tan fin propuso la creación de un Fondo de Reparación en el que se incluyan los bienes de los parapolíticos o de todos aquellos que han sido condenados por concierto para delinquir, organizar, promover, armar o financiar a grupos armados al margen de la ley.

Cepeda recordó que a seis años de haber sido implementada la Ley de Justicia y Paz, sólo se ha logrado la entrega de 100 mil hectáreas de tierras, de 70 mil de millones de pesos de la Dirección Nacional de Estupefacientes y que buena parte de los recursos que maneja Acción Social han sido destinados para otros fines, no para la reparación de las víctimas.

Respecto a la conformación de una Comisión de Verdad, que arbitrariamente sería integrada por los designados por el Gobierno Nacional, la ponencia propone que se investigue y documente la verdad sobre las violaciones a los derechos humanos y crímenes cometidos a partir de 1991. El representante Cepeda considera que la Comisión debe esclarecer todos los crímenes cometidos desde 1948, y sus actores, y que el enfoque primordial de esta Comisión debe ir dirigido a develar las estructuras económicas y políticas que financiaron el conflicto armado y se lucraron de él. Esto sería una garantía para la no repetición de los crímenes.

No se trata de una posición maximalista e intransigente la del PDA, como sugieren algunos medios de comunicación, sino de garantizar la efectividad de la Ley y de evitar que a corto o mediano plazo deba tramitarse un nuevo proyecto por considerar que éste fue insuficiente y no cobijó aspectos esenciales como sucedió con la Ley de Justicia y Paz. Si ayer se legisló pensando en los victimarios, hoy el llamado es para que se legisle pensando en las víctimas.

La bancada del PDA advierte que el proyecto de Ley de víctimas contiene múltiples vacíos que podrían afectar el goce pleno de los derechos a verdad, justicia y reparación integral de todas las víctimas e impedir que a falta de garantías sociales y en materia de seguridad, se logre el acceso a las tierras objeto de expropiación y restitución. El gran desafío en el tema de tierras ya no se limita exclusivamente a la reforma agraria sino a lograr erradicar las formas legales e ilegales del masivo despojo del que siguen siendo objeto las familias campesinas del país. También a garantizar el retorno con plenas garantías de no repetición, lo que hasta la fecha no se ha logrado, pues durante el presente año decenas de beneficiarios de la restitución y titulación de tierras han sido asesinados.

Los principales vacíos de la Ley que identifica el Polo se podrían resumir en: la exclusión del PDA en el proceso de concertación anterior a la presentación del proyecto de ley en el Congreso de la República; el desconocimiento de las obligaciones de respeto y garantía de los derechos humanos por parte del Estado como fundamento de la reparación; la confusión entre medidas de carácter asistencial y medidas de reparación integral; la limitación de la reparación judicial a las víctimas de grupos armados ilegales desconociendo el principio de proporcionalidad; el sujetar la materialización de la norma al principio de sostenibilidad fiscal; no garantizar la reparación patrimonial debilitando considerablemente las posibilidades del retorno; someter a la discrecionalidad del Gobierno aspectos esenciales de la reglamentación del proceso de reparación y de restitución y crear una comisión de la verdad que no garantiza autonomía respecto del Poder Ejecutivo, entre otras.

Algunas de las propuestas del PDA al proyecto de Ley de Víctimas

Entre las medidas concretas que propone la bancada del PDA para avanzar en el proceso de reparación integral de las víctimas figuran:

1. Asegurar la efectiva asistencia jurídica de las víctimas a través de la creación de un Sistema Nacional de Representación Judicial a través de la Defensoría del Pueblo. Para dicho propósito se propone fortalecer a esta entidad dotándola de recursos humanos, técnicos y de infraestructura.

2. Fortalecer la protección de las víctimas mediante la revisión de los programas ya existentes o la creación de un nuevo programa que permita garantizar la exigibilidad de sus derechos, especialmente de las víctimas de despojo y el abandono forzado de tierras, atendiendo los criterios establecidos en la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

3. Una propuesta de restitución integral que abarque la devolución de tierras, viviendas y patrimonio a las víctimas del desplazamiento forzado, y que incluya la condonación de las deudas.

4. Creación de una unidad de policía judicial de apoyo técnico a la Fiscalía General de la Nación destinada exclusivamente a la persecución de bienes despojados por los agentes de la violencia, como principal medida para el incremento de los recursos del fondo de reparación para las víctimas. El debilitamiento de las bases económicas de los aparatos criminales a la vez que puede generar recursos para la reparación de las víctimas, también puede contribuir a la no repetición de la violencia padecida.
5. Reforzar sustancialmente las facultades legales y la capacidad operativa de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas para intensificar el proceso de exhumación e identificación de los restos mortales de miles de personas. Asimismo, establecer el mecanismo de ausencia por desaparición forzada para amparar los derechos en materia civil, laboral, sucesoral de los familiares de personas desaparecidas, sin perjuicio de la obligación del Estado de adelantar las investigaciones del caso.

6. Llamado al cumplimiento del deber del Gobierno de gestionar la entrega de los bienes de personas extraditadas responsables de violaciones de DDHH y de DIH en Colombia y de incluir en el fondo de reparación los bienes de los parapolíticos ya condenados por concierto para delinquir.

7. Conformación de una comisión de investigación y esclarecimiento histórico, integrada por miembros elegidos por el Consejo de Estado, la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, dedicada al esclarecimiento de las estructuras económicas de los aparatos criminales y de la riqueza ilícita acumulada a través del despojo de tierras, la acumulación violenta de capitales, la usurpación de bienes y el testaferrato.

El POLO y las organizaciones sociales

PDA analiza “los mínimos de la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras” presentados por la Mesa Nacional de Víctimas
El Gobierno Nacional presentó en días pasados un proyecto de Ley de Víctimas y otro de Restitución de Tierras. Si bien ambas iniciativas son loables y urgentes, y constituyen un avance substancial en el reconocimiento de los derechos de las víctimas de la violencia; deben ser cuidadosamente analizadas y mejoradas.

Como primera medida se debe señalar que el proyecto presentado por el Gobierno Nacional no es una Ley de derechos para las víctimas. Temas como verdad y justicia no son desarrollados en la iniciativa. Por consiguiente, se trata de una ley de asistencia y reparación, en la que además se asume de manera equivoca y contraria a la jurisprudencia de las Cortes el concepto de reparación. No hay un criterio de integralidad frente a esta obligación del Estado y se asume que las víctimas son un problema para el presupuesto nacional. Persiste la negativa histórica de ir a la causa fundamental de la violencia para darle solución.

Las organizaciones sociales y los movimientos de víctimas han identificado algunas falencias en las propuestas del Gobierno y han advertido sobre el riesgo que supondría para el país la aprobación de un proyecto de Ley que no cumpla con los estándares internacionales en materia de atención, protección, asistencia y reparación integral para las víctimas de las violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario y que además, desconozca las normas constitucionales nacionales y excluya las voces de las víctimas.
Parlamentarios del partido de oposición, Polo Democrático Alternativo, se reunieron con la Mesa Nacional de Víctimas para conocer su opinión sobre la Ley de Víctimas, y con base en sus demandas asumir una posición clara frente a la Ley y decidir sí la apoya en su integridad, sí cuestionará algunos de sus artículos o propondrá un pliego modificatorio.
La intención del PDA, como señaló su presidenta, Clara López, no es convertirse en un obstáculo frente a las propuestas que adelanta el Gobierno Nacional, sino por el contrario enriquecerlas con iniciativas viables, bien argumentadas y que contribuyan a mejorar la calidad de vida de miles de colombianos, víctimas de la violencia, la inequidad y la injusticia. De ahí la importancia de conocer las objeciones y opiniones que tengan al respecto los movimientos sociales.
La integración de propuestas entre el Polo y diversos movimientos sociales es de máxima relevancia en la actual coyuntura; no sólo porque beneficia a ambos sectores sino porque también contribuye a vigorizar la democracia colombiana. El PDA necesita de las organizaciones sociales para forjar caminos consensuados de transformación política y afianzamiento social y las organizaciones necesitan del único partido de oposición que existe en la actualidad para tener representación, aunque sea minoritaria, en el parlamento, y darle viabilidad política a sus iniciativas. Esta unidad, que no es arbitraria ni es nueva, permite articular diversas propuestas, democratizar las decisiones del Estado, refirmar intereses comunes y ampliar de manera conjunta el margen de incidencia política y social. Esta alianza le asigna un nuevo dinamismo de carácter histórico a la política colombiana.
Si bien el sustento ideológico que identifica a la izquierda política y a las organizaciones sociales tiende más a la confluencia que a la fragmentación, hasta hace poco se tendía a pensar que las causas sociales debían mantenerse incontaminadas del ejercicio político; incluso se calculaba que su interacción en las altas esferas del poder opacaría el principio rector de sus demandas y les restaría legitimidad. Hoy se acepta que la ascensión política de la izquierda y la viabilidad de las propuestas que sustentan los movimientos populares (para nada ajenos a los planteamientos de la izquierda), tienen un cauce común y una vía concreta para su realización. La historia reciente en algunos países de América Latina así lo demuestra.
Esa misma historia continental enseña que para quebrar el orden colonial y el modelo neoliberal que se impone a través de la desregularización del Estado, el recorte a la inversión social, la exclusión política, la represión y la violencia, y poder empezar a construir una sociedad democrática, justa y autónoma, se requiere organización social y acciones políticas concretas.
Los movimientos sociales hoy tienen una mayor incidencia en las políticas de Estado y demuestran que si existen formas alternas para ejercer su derecho a la política.
Temas cruciales como la atención y el cumplimiento de las normas constitucionales y disposiciones internacionales sobre las víctimas del conflicto armado interno, el reconocimiento de la responsabilidad del Estado, la necesidad de democratizar la tenencia de la tierra, combatir las formas del despojo, lograr la restitución del patrimonio arrebatado a las víctimas mediante actos de justicia que dignifiquen la vida humana, vencer los altos índices de impunidad, recuperar la legitimidad de un sistema judicial, señalado por la organización The World Justice Proyect (WJP) de ser uno de los más deficientes en el mundo y emprender la construcción de una memoria histórica colectiva; son aspectos insoslayables para la reconciliación nacional, el fin del conflicto armado y el desarrollo humano en Colombia. Ninguno de estos temas puede ser ajeno a los partidos políticos, a la sociedad en su conjunto y a las organizaciones sociales, populares y defensoras de los derechos humanos.
La Ley de Víctimas, un paso hacia la reconciliación
Por primera vez desde que se entendió la necesidad de crear un marco legal y normativo para tratar adecuadamente a las víctimas de la guerra interna, lograr la restitución de sus derechos vulnerados, y cumplir con los estándares internacionales y las normas nacionales, se hace referencia a las víctimas de agentes del Estado. Y este reconocimiento es un avance importante.
El representante a la Cámara, Iván Cepeda Castro en su columna titulada Ley de víctimas, víctima de la “sostenibilidad fiscal” publicada el 14 de octubre pasado en El Espectador afirma que: “El proyecto de Ley de Víctimas contiene algunos preceptos que pueden contribuir a la superación de los efectos de la violencia. Por ejemplo, el principio de inversión de la carga de la prueba para los procesos de restitución de tierras, y el reconocimiento de las víctimas de agentes estatales. No obstante, el proyecto también tiene múltiples vacíos, e incluso contempla prescripciones que limitan severamente el derecho a la reparación” .
El país reconoce que en la historia reciente del país se han cometido graves, sistemáticas y masivas violaciones a los derechos humanos, sin embargo, el proyecto de Ley de Víctimas presentado por el Gobierno Nacional no logra diferenciar claramente los conceptos de restitución, indemnización, asistencia humanitaria y reparación integral. Tampoco ofrece garantías efectivas para combatir la impunidad y dar solución a la situación de emergencia que afrontan varios sectores victimizados del país; en especial, la población víctima del desplazamiento forzado.
Los aspectos de la Ley que están siendo analizados por la Mesa de Víctimas y por el PDA se podrían clasificar en cinco ejes temáticos:
1. Universalidad de las víctimas
2. Reparación integral individual y colectiva
3. Sostenibilidad fiscal
4. Justicia y lucha contra la impunidad
5. Memoria y verdad

1. UNIVERSALIDAD DE LAS VÍCTIMAS
La Ley de Víctimas reconoce la existencia de víctimas de agentes del Estado pero no define la responsabilidad del Estado en esas victimizaciones. La Ley pretende excluir a las víctimas que hacen parte de agrupaciones armadas ilegales y a sus familiares. También excluye a las víctimas de los mal llamados “falsos positivos”, del reclutamiento forzado y de los nuevos grupos paramilitares, llamados por el Estado bandas emergentes o BACRIM.
Desconocer las normas de la guerra y los derechos que tienen los actores armados ilegales que pudieran ser víctimas de crímenes de guerra, tortura, ejecuciones o violaciones al debido proceso, o negar los derechos de sus familiares, es no reconocer el Derecho Internacional Humanitario.
El segundo parágrafo del artículo 21 de la Ley establece que “los miembros de los grupos armados organizados al margen de la ley no serán considerados como víctimas, en ningún caso, para efectos de la presente ley. Tampoco serán considerados como víctimas para efectos de la presente ley, en ningún caso, los cónyuges, compañero o compañera permanente o pareja del mismo sexo o los familiares en primer grado de consanguinidad y primero civil de los miembros de grupos armados organizados al margen de la ley”. Esta normativa viola claramente el principio de igualdad, y deja por fuera a quienes por causas ajenas a las actividades del familiar vinculado a la lucha armada, puedan ser objeto de victimizaciones, algún tipo de violencia y menoscabo de sus derechos fundamentales.
El DIH ha sido enfático a este respecto. El artículo 3º común a los cuatro convenios de Ginebra establece los principios de proporcionalidad y limitación en el conflicto armado y garantiza los derechos de los combatientes en estado de indefensión y de los prisioneros de guerra. “Los protocolos instan a las partes a otorgar un tratamiento humanitario a todas las personas que no toman parte de las hostilidades, o que han dejado de tomar parte (estado de rendición o indefensión). Están totalmente proscriptos el homicidio, la tortura, las mutilaciones y las penas corporales” Incluso en el Derecho Humanitario moderno se prohíbe cualquier trato discriminatorio de las víctimas de la guerra basado en el concepto de "guerra justa".
Las víctimas de “Falsos Positivos” al ser presentadas como alzados en armas muertos en combate quedarían excluidas de la Ley y no serían considerados como víctimas en tanto no medie la sentencia de un juez que confirme que en efecto se trataba de civiles ejecutados por la fuerza pública. Proceso costoso y demorado. La figura de homicidio agravado en persona protegida, empleada en la discusión para hacer referencia a las víctimas de ejecuciones extrajudiciales, pretende negar la sistematicidad de los crímenes, el patrón generalizado de homicidio empleado en varias regiones del país, y la responsabilidad del Estado y de sus Fuerzas Armadas en estas acciones criminales.
De otra parte, al sustentarse la iniciativa del Gobierno en un enfoque de justicia transicional, se estaría excluyendo a las víctimas de la delincuencia común y sólo cobijaría a las víctimas del conflicto. Las llamadas bandas emergentes (BACRIM) son calificadas como grupos de delincuencia común aún cuando en realidad se trata de nuevas estructuras paramilitares conformadas en algunos casos por los mismos hombres que hacían parte de los anteriores grupos, algunos de los cuales se habrían desmovilizado bajo la Ley 975. Por tanto las nuevas víctimas del paramilitarismo quedarían excluidas de la Ley. En las amplias regiones donde estos grupos continúan ejerciendo control territorial, los mismos habitantes reconocen que quienes lideran e integran estas bandas son los mismos que hacían parte de los grupos paramilitares.
Consulta previa y enfoque diferencial
El Estado está en la obligación de consultar a los pueblos sobre normas y leyes que afecten su convivencia, sus derechos y sus tradiciones. El convenio 169 de la OIT, del cual es signatario el Estado colombiano entre otros veinte países, y la jurisprudencia de la Corte Constitucional reconocen que la consulta previa para la radicación y trámite de proyectos de ley que afecten los derechos de la población negra, indígena, raizal y rom es de carácter obligatorio. “Es preciso insistir en que aún cuando el proyecto establezca en su Artículo 23 que las medidas que requieran consulta previa no serán objeto de la presente Ley, pues serán objeto de una regulación posterior, no puede, bajo ninguna circunstancia, convertirse en un mecanismo de dilación excesiva en la satisfacción de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las comunidades étnicas. […]” Estas comunidades deben ser sujetos de reparación colectiva.
En el caso de la consulta amplia se consagra igualmente la necesidad de consultar diferencialmente los derechos de las mujeres victimizadas. Frente a la especial situación de vulnerabilidad que ellas enfrentan en el marco del conflicto armado, la senadora Alexandra Moreno Piraquive, le solicitó al Congreso de la República, que en la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras se incluya un capítulo especial sobre reparación y rehabilitación de mujeres violadas y agredidas por actores armados . De ser integrado este capítulo a la normativa debe hacer clara referencia a la existencia de actores armados legales e ilegales que incurren en esta práctica delictiva. Incluso deben ser vinculados agentes militares extranjeros que operan al “servicio” del Estado colombiano.
2. REPARACIÓN INTEGRAL
La historia de Colombia se caracteriza tanto por la ausencia de políticas de reparación integral como por su pasividad frente a las violaciones de derechos humanos que se cometen en el marco de la llamada lucha contra el terrorismo o lucha contrainsurgente. No obstante, aún cuando el Estado tiene la responsabilidad plena de garantizar a las víctimas una indemnización proporcional a los daños padecidos por hechos de violencia, la propuesta de Ley de Víctimas pretende hacer de los derechos fundamentales, mecanismos de reparación contrariando lo dispuesto por la Constitución política, los fallos y sentencias de las altas Cortes. La reparación pecuniaria no es suficiente, por un lado, y con ella no se garantizan los derechos de las víctimas a conocer la verdad plena sobre lo ocurrido y a lograr una justicia ejemplar que ponga fin a la impunidad.
El sentido de la reparación tiene que ver con el reconocimiento de la responsabilidad en el daño infringido, con el deber del Estado de garantizar bienestar, desarrollo y justicia a todos los ciudadanos, con el cumplimiento de los mandatos constitucionales y la posibilidad de resarcir el daño causado procurando que las víctimas recuperen su condición de vida previa a la agresión o logren mejorarla. En concepto de la Corte, la justicia transformadora indica que la víctima al ser reparada no regresara a la situación que ostentaba antes del hecho de violencia, sino que obtendrá ganancias que le aseguren un nivel de vida superior y el ejercicio pleno de su ciudadanía. Por tanto la reparación debe ser transformadora.
“La Corte Constitucional determina que en los casos concretos de violaciones graves a los derechos humanos, existen niveles de responsabilidad, en el entendido de que el principal responsable de resarcir a las víctimas es el particular victimario individualmente considerado y solidariamente, el frente o grupo armado organizado al que éste pertenece. Sin embargo, y en virtud del deber constitucional de velar por la vida, honra y bienes de sus habitantes, el Estado se encuentra obligado a asumir la responsabilidad de manera subsidiaria ante la falta de voluntad o imposibilidad manifiesta para resarcir a las víctimas por parte del particular victimario .
Los artículos sobre reparación, sea por vía judicial o administrativa, que propone la Ley no logra satisfacer las expectativas de las víctimas ni les garantiza el goce pleno de sus derechos.
No sólo se reduce el costo de la reparación a un tope arbitrario, sino que además define la asistencia humanitaria y el acceso a programas sociales como mecanismos de reparación; excluye a familiares o colectivos afectados por el hecho de violencia infligido contra alguno de sus miembros y pretende establecer un programa de restitución de tierras sin garantías de retorno y sin opciones viables de desarrollo sostenible.
De otra parte, al establecerse una reparación exclusiva para los familiares con primer grado consanguinidad (hijos y padres) se está ignorando la realidad colombiana, que como efecto del conflicto armado ha modificado la estructura familiar alternado los roles tradicionales; de modo que la dependencia y responsabilidad sobre los hijos, por ejemplo, ya no recae exclusivamente en los padres sino que muchas veces a falta de éstos son los abuelos, tíos, hermanos mayores o parientes cercanos quienes deben velar por el bienestar y manutención de los más jóvenes o desvalidos. Las medidas de reparación debe reconocer el grado de dependencia y de relación existente entre los miembros de una familia.
Asistencia humanitaria no es reparación
Contrario a lo que determina la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, los artículos 19, 60 a 65 y 97 del proyecto de ley, plantean como medidas de reparación la asistencia humanitaria y las prestaciones sociales que son de obligatorio cumplimiento por parte del Estado. La Ley sostiene que el acceso prioritario a los servicios sociales y el pago de los valores consagrados en la Ley 418 de 1997, con el fin de asegurar la vigencia del Estado Social y Democrático de Derecho y garantizar la plenitud de los derechos y libertades fundamentales reconocidos en la Constitución Política y/o los Tratados Internacionales aprobados por Colombia tendrían “efectos reparadores” .
Al respecto, tanto la Corte Constitucional como el Consejo de Estado han manifestado que el cumplimiento de los mandatos constitucionales sobre garantes sociales, como salud, vivienda y educación, no podrán ser entendidos como medidas de reparación.
El artículo 19 sostiene que los montos entregados por Acción Social, de acuerdo a la Ley 418 de 1997 y la Resolución No. 7381 de 2004, tienen efectos reparadores y en consecuencia se descontarían de aquellos montos que por reparación reciban las víctimas. Resulta inconstitucional, por decir lo menos, pretender que el acceso a los derechos universales -de los que son titulares todos los ciudadanos y deber del Estado el garantizarlos- conlleva algún efecto reparador o pretender restar el valor de la asistencia humanitaria a la reparación.
La tesis de los “efectos reparadores” no sólo encubre la incapacidad del Estado para asegurar los derechos que consagra la Constitución a todos sus ciudadanos, sino que además intenta eximirlo de su responsabilidad de reparar integralmente (conforme a jurisprudencia internacional) a todas las víctimas del conflicto armado que ha sido incapaz de resolver. La reparación de las víctimas no es un gesto humanitario y de solidaridad por parte del Estado, es un deber constitucional.
Como también lo es la reparación colectiva, que si bien se menciona en los artículos 79 y 80 de la Ley de Víctimas, no se exponen políticas claras ni medidas eficaces para dar cumplimiento a la norma.
3. SOSTENIBILIDAD FISCAL: Si hay recursos para la guerra tiene que haber recursos para la paz
La reparación no puede ser contingente ni debe estar sujeta a la sostenibilidad fiscal.
Condicionar la reparación a la sostenibilidad fiscal contraría la filosofía de una ley pro víctimas cuando interpreta los principios de progresividad y gradualidad como sujetos a la disponibilidad de recursos por parte del Estado. Esta medida podría llevar a que una vez concedido el derecho por los jueces, el Estado se resista a aplicar la respectiva sentencia aduciendo razones de carácter presupuestal .
Igualmente establecer topes para la indemnización por vía judicial, que según el Artículo 5º de la Ley no podrá ser superior a la indemnización por vía administrativa, es inconstitucional. No sólo se viola la autonomía de los jueces, sino que además dichos artículos se convierten en pretextos para eludir la responsabilidad del Estado. “Por lo tanto la propuesta debe ser la eliminación de los topes de que habla el Artículo 5º en su inciso cuarto y de la noción de sostenibilidad fiscal de que habla el inciso quinto del mismo artículo”

“Uno de los ejes transversales de la legislación propuesta por el gobierno del presidente Santos es la tesis de que las sentencias judiciales están entre las principales amenazas de la estabilidad macroeconómica. Para el Gobierno no son la corrupción ni el gigantesco gasto en defensa ni las generosas gabelas y beneficios tributarios a los más pudientes, las causas de los problemas de insolvencia fiscal. El peligro radica en los fallos de tutela que protegen los derechos de la población desplazada y el acceso al servicio de salud para los más pobres. Este razonamiento es el sustento ideológico de un frontal ataque contra la Constitución de 1991 hecho con una poderosa máquina parlamentaria.
Con ese mismo espíritu se ha diseñado la ley de víctimas. Los artículos 5 y 13 del proyecto introducen el concepto de “sostenibilidad fiscal” que recorta drásticamente la pretendida reparación. El proyecto además deja a discreción del Gobierno fijar los montos de la indemnización de las víctimas por la reparación administrativa, limita algunas de las modalidades de la indemnización por vía judicial —lo cual es un claro retroceso—, y no establece la restitución patrimonial para quienes han sido despojados de tierras”

La restitución de suelos que el gobierno llama de tierras no reconoce que para que esta política sea efectiva y no produzca nuevos desplazamientos o fomente las nuevas modalidades del despojo que se vienen registrando en varias zonas del país, debe incluir la restitución patrimonial que comprende bienes, animales, vivienda digna con saneamiento fiscal previo, tierra, y un proyecto productivo financiado, viable y rentable que permita la subsistencia y recuperación de la capacidad productiva de las familias “beneficiadas”.

“Por elementales principios éticos la reparación no debe ser un asunto de regateo económico. Lo indicado en este caso es crear mecanismos eficaces para que las fuentes de esa reparación sean los bienes y capitales de los aparatos criminales. Igualmente, desarrollar la jurisprudencia que ha establecido la creación de impuestos a las empresas que se han lucrado de la acción de los grupos armados ilegales como una de las fuentes para la reparación. De esta forma, el debilitamiento de las bases económicas de los aparatos criminales puede contribuir al mismo tiempo a la no repetición de la violencia”
Justicia y lucha contra la impunidad:
El proyecto de Ley no hace mención a las medidas que implementará para lograr justicia y sancionar a los perpetradores. Tampoco contempla la posibilidad de ampliar el marco vigente de defensa pública de las víctimas. La Defensoría del Pueblo cuenta con 180 defensores públicos que atienden 327 mil casos de víctimas dentro de la Ley 975.
Es necesario por consiguiente que se cree un sistema especial de representación judicial para que de forma paralela y bajo la coordinación de la Defensoría del Pueblo, se realicen acuerdos con la academia y organizaciones sociales para que brinden asistencia jurídica con apoyo profesional de alto nivel. No se trata de que los casos sean llevados por consultorios jurídicos pues la disparidad con los profesionales del Estado sería enorme y a todas luces contraproducente. Lo que se propone es contar con el apoyo de las Clínicas Jurídicas, que a diferencia de los consultorios, tienen un énfasis en derechos humanos y operan en varias universidades del país.




Memoria y verdad

El derecho a la verdad no se reduce a la verdad procesal. La verdad que se debe establecer es una “verdad completa”, donde todos los crímenes de lesa humanidad sean evidenciados junto con sus autores intelectuales y materiales
La justicia transicional es un recurso que se aplica en tiempos de posconflicto como respuesta a las violaciones sistemáticas o generalizadas a los derechos humanos que ocurrieron en el pasado. Sin embargo, es el marco jurídico del proyecto de Ley del gobierno Nacional. Un modelo de justicia transicional para ser viable en Colombia tendría que darse en un estadio superior al que atraviesa el actual conflicto armado, y debería contener garantías claras de seguridad para el retorno de las familias desplazadas y de no repetición de los crímenes padecidos. Garantías que no pueden ser ofrecidas en la actualidad.

Sin embargo, algunos componentes de la justicia transicional que permiten avanzar en la reconstrucción del tejido social destruido a causa de la violencia, sí podrían ser aplicados. Las acciones penales y las investigaciones judiciales de los responsables de violaciones de derechos humanos, la creación de comisiones de la verdad (tema bastante polémico), la aplicación de programas de reparación material, simbólica y moral para las víctimas, la justicia de género para combatir la impunidad de la violencia sexual, y una reforma institucional que revele las formas de la victimización, las complicidades, y la identidad de los autores intelectuales que desde las entrañas del Estado han participado en la ejecución de múltiples crímenes y en la corrupción estatal, podrían ser viables en el país y sólo dependerían de la voluntad política del actual Gobierno.

La paz es impensable si se considera que para su realización se debe sacrificar la justicia, y a la justicia jamás se podrá llegar si no se conoce la verdad acerca de lo sucedido. La impunidad genera violencia, produce fuertes retrocesos humanos, sociales y culturales cuando la necesidad de justicia es asumida por mano propia en suplantación de un orden jurídico incapaz de cumplir con su deber esencial.

Asumir el reto de la verdad en sociedades fracturadas como la colombiana, donde persevera el conflicto, la polarización política y no hay consenso social sobre las causas de la violencia generalizada, es un proceso complejo y largo, pero si no se empieza a asumir desde ahora, aún cuando las condiciones no sean las óptimas, y se sigue postergando esta deuda histórica con las víctimas de la violencia, jamás se podrá alcanzar el equilibrio social que entraña la reconciliación y pone fin la herencia de odio y retaliación.